ARGENTINA
Argentina
discute un proyecto de ley para la despenalización del aborto. Durante los próximos
dos meses se debatirá en el Congreso Nacional un proyecto de ley para la interrupción
voluntaria del embarazo no punible, que se encuentra regulada bajo el Código
Penal de la Nación.
Militantes a favor de la despenalización del aborto (Fuente:
TuNoticia.com.ar)
El plenario se lleva a cabo desde el pasado 10 de abril y se extenderá hasta mediados de mayo los martes y jueves de 10 a 18, hora local. Cada orador de los sectores involucrados tendrá siete minutos para exponer sus argumentos, y entre los mismos se encuentran periodistas, actores y profesionales. De esta forma, las posiciones a favor y en contra quedarán planteadas en las sesiones organizadas por cuatro comisiones: Legislación General, de Salud, de Familia y Penal.
Los
argumentos más fuertes que se muestran a favor del proyecto mencionan, y
reclaman, la discusión del aborto como una cuestión de salud pública; mientras
que para quienes están en contra del proyecto es una cuestión de homicidio,
desde una concepción ética y religiosa, y jurídicamente inconstitucional al
derecho a la vida.
El proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) fue presentado el
30 de junio de 2016 en la Cámara de Diputados de la Nación -cámara baja del
Congreso- y elaborado por la ONG Campaña Nacional por el Derecho al Aborto
Legal, Seguro y Gratuito. El mismo estipula la decisión de elegir
voluntariamente la interrupción del embarazo durante las primeras catorce
semanas de gestación. Este proyecto contó con la firma de 71 legisladores para
su tratamiento, logró acaparar la agenda política del país en las últimas
semanas y captar la atención del presidente argentino Mauricio Macri, quien dio
el visto bueno para su posterior debate en la Cámara de Diputados.
El Código Penal Argentino -dentro del Artículo 86- prevé que no es punible “si el
aborto practicado se ha hecho para evitar un peligro para la vida o salud de la
madre”, o “si el embarazo proviene de una violación.”, circunstancias
reconocidas en el derecho internacional. Sin embargo, agrupaciones sociales a
favor de la despenalización de este piden extender esa garantía a un aborto
legal, seguro y gratuito a cargo del Estado ya que el Artículo 88 sanciona que
“será reprimida con prisión de uno a cuatro años, la mujer que causare su
propio aborto o consintiere en que otro se lo causare”.
En Argentina, las causas de muertes maternas en 2016, según último registro del Ministerio de Salud de la Nación, fueron 245, de las cuales 43 (17,55%) corresponden a embarazos terminados en abortos. Mientras que las muertes por abortos clandestinos resultan ser una cifra incalculable ya que no hay registros oficiales, un informe de Amnistía Internacional hecho en 2005 menciona 450 mil por año. Esto representa un atentado contra las féminas de menores recursos que deben recurrir a formas inseguras mientras la población con mayores ingresos puede acceder a un servicio de mayor calidad. El aborto de forma clandestina representa para Argentina una realidad, que busca ser erradicada.
Aborto en Honduras
El
aborto en Honduras se encuentra prohibido de forma legal, tipificado como
delito en el dictamen del Código Penal. La medida estipula que “el aborto es la
muerte de un ser humano en cualquier momento del embarazo o durante el parto”.
Tal medida se encuentra establecida en el Código Penal de la Nación, en los
Artículos 126, 127 y 128 donde castiga a todas aquellas personas, tanto madres
como profesionales, que participen o consientan el acto. Los castigos
dispuestos son de tres a diez años dependiendo indistintamente de las causas o
razones que se lleve a cabo. También, a parte de la pena mencionada, serán
multados con quince mil (600 dólares) a treinta mil (1200 dólares) Lempiras
aquellos médicos o practicantes de la profesión que participen en la
extracción. A su vez, las Píldoras Anticonceptivas de Emergencia (PAE) fueron
prohibidas por el Congreso Nacional en 2009, vetada por el entonces presidente
Manuel Zelaya y declaradas finalmente prohibidas por la Corte Suprema de
Justicia, ya que las mismas resultan ser abortivas.
Las
PAE pueden conseguirse de manera ilegal en algunas farmacias o por internet y
tienen un valor de 200 Lempiras (8 dólares) promedio. En 2017 se registraron
14.021 casos de egresos hospitalarios según datos de la Secretaría de Salud del
país. A su vez, las condiciones en las cárceles del país son inhumanas: las
reclusas duermen hacinadas en tarimas de madera y conviven con ratas. Además,
quienes ingresan por esta clase de delito sufren discriminación y violencia. En
2017 se registraron en todo el país 21.165 delitos sexuales y lesiones, de los
mismos 3.105 equivalen a delitos sexuales y 2.761 específicamente cometidos
contra mujeres, según un boletín anual del Observatorio de la Violencia de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH). La violencia contra la mujer
es una realidad en la sociedad hondureña y esta violencia muchas veces termina
en embarazos no deseados ya sea por conocidos o desconocidos de la víctima,
siendo las féminas criminalizadas por el Estado. Estos antecedentes penales,
ante la suerte de una libertad condicional o cumplimiento de la pena, anulan
toda chance de conseguir un trabajo digno y bien pago por el historial de haber
estado en prisión.
En
mayo de 2017 se discutió sobre la legalización en ciertos casos, como violación,
anomalía del feto o si la vida de la mujer se encuentra amenazada, pero el
Congreso Nacional mantuvo las penas para quienes realicen el procedimiento ilegal.
Un mes después el Comité de Derechos Humanos de la ONU pidió que se vuelva a
tratar este tema ya que el resultado es una alta tasa de mortalidad debido a
abortos inseguros. A su vez, el Comité definió que la penalización del aborto
es una forma de discriminación en contra de las mujeres, un asunto de Derechos
Humanos y “una importante preocupación de salud pública”. Por su parte, la
oficina del Alto Comisionado ha declarado que las leyes que penalizan el aborto
“atentan contra la dignidad y autonomía de la mujer al restringir gravemente su
libertad para adoptar decisiones que afecten a su salud sexual y reproductiva.”.
El
Comité para la Eliminación de la Discriminación en contra de las Mujeres hizo
una distinción entre legalizar el aborto en ciertos casos y eliminar todas las
disposiciones punitivas. Estableciendo que: “Los Estados Parte (de la ONU)
deben legalizar el aborto al menos en casos de violación, incesto, amenazas
contra la vida y/o la salud de la madre, o en casos de severa malformación
fetal, así como también proporcionar a las mujeres el acceso a servicios
posteriores al aborto que sean de calidad, especialmente en casos de
complicaciones derivadas de un aborto en condiciones de riesgo. Los Estados
Parte deben eliminar también las medidas punitivas para las mujeres que se
someten a abortos”. Pese a las recomendaciones hechas por los Estados, Honduras
no se comprometió a acatarlas.
*Trabajo realizado para la materia Periodismo Internacional de Licenciatura en Periodismo de la Universidad Nacional de Avellaneda (UNDAV).
*Trabajo realizado para la materia Periodismo Internacional de Licenciatura en Periodismo de la Universidad Nacional de Avellaneda (UNDAV).
Comentarios
Publicar un comentario